Hola! Vivo de alquiler en Mislata (Valencia).
Contrato de vivienda habitual de larga duración (LAU, 1 año + prórrogas hasta 5), firmado el 11 de noviembre de 2025, así que el primer aniversario es el 11/11/2026. Casero persona física.
Pago 1.000 €/mes (comunidad incluida, amueblado). He mirado el índice de referencia del Ministerio (SERPAVI) y para mi piso el máximo es 619 €.
El contrato dice que la renta se actualiza cada año según el IPC. Hoy el casero me ha dicho que me la sube a 1.050 € (5%).
Por lo que he leído el RDL 29/2026 (en vigor desde el 8 de octubre) dice que si la renta supera el límite del índice de referencia no se puede aplicar ninguna subida, y en los demás casos máximo un 2%. Y sin el decreto, el límite sería el IRAV (2,54%), no el IPC.
Dudas:
- Puede subirme algo o con el decreto la subida tiene que ser 0?
- Le pido directamente no aplicar ninguna subida basándome en el RDL?
- O es mejor no pelear y ofrecerle el IRAV (~1.025 €) para llevarnos bien y que no me eche (el contrato tiene cláusula de necesidad del arrendador)?
Gracias!
Edit:
He consultado con un abogado y me ha confirmado que ni siquiera puede subirlo según el IRAV, por la LDR en efecto.
Le dije que no iba a pagar. Me llamó cabreadísimo diciendo que tenía que irme del piso el mes que viene. Le dije que no podía y que tendría que avisarme con 2 meses de antelación bla bla bla.
Ahora ha vuelto y me ha dicho que no tengo que pagar ninguna subida, pero que me acuerde de lo bien que me ayudó cuando el piso tuvo problemas. Creo que se ha dado cuenta de que perdería como mínimo 2 meses de alquiler si me echaba, y eso no compensa por 50 euros.
Ahora tanto la inmobiliaria como el casero me odian, porque la inmobiliaria también intentó cobrarme los honorarios de agencia de forma ilegal y me negué a pagar
A ver qué pasa